La Manga del Cura Para el Prefecto Jimmy Jairala :




 Para el Prefecto Jimmy Jairala :

Los Manabitas hemos expuesto a la saciedad y documentadamente la pertenencia legal del territorio que conforma La Manga del Cura a nuestra provincia; pero en atención a lo señalado por el Prefecto Jimmy Jairala en el Programa 25 de VISION 360 en el que manifiesta lo siguiente : “…… fue parte primero de los límites de Daule , luego de los límites de Balzar y en el año 1967 la Asamblea Constituyente en un hecho que fue doloroso y lamentable para la provincia del Guayas , cometió una grave equivocación cuando para solucionar una controversia entre las provincias de Manabí y de Pichincha cedió , endosó lo que es el territorio de la Manga del Cura a El Carmen ,provincia de Manabí. Al darse cuenta de su error doce horas después los asambleístas rectificaron, dejaron intocados los límites del Guayas respetando los límites que en ese momento eran del cantón Balzar….” . Ante lo referido por Usted, me siento en la obligación de aclarar lo siguiente:1) El Cantón Daule se señala como constitutivo de la provincia del Guayas en la Ley de División de 1824. Este documento no fija linderos.2) Balzar aparece como Parroquia en la Ley de División Territorial de 1861 y se por decreto Legislativo se crea como cantón en 1903. Sin especificar linderos.

3) Guayas siempre pretendió “ampliar su territorio” hacia Manabí y hacia la provincia de Los Ríos; por tal razón en 1945 se hace imprescindible la fijación delos límites entre Balzar y Quevedo , y en ese mismo año también pretendió anular SIN CONSEGUIRLO, la creación de la parroquia Pichincha- actualmente cantón- de la provincia de Manabí. Observándose que los límites de la Provincia de Guayas se mantenían en los cursos de los ríos Daule y Peripa.

4) En 1946 se crea la Parroquia Guayas ( pueblo Nuevo) en el sector norte del cantón Balzar , colindando al norte con el cantón Quevedo

5) Pero lo que si es cierto es que en 1961 mediante una ORDENANZA MUNICIPAL,SANCIONADA CON ACUERDO MINISTERIAL SE PRETENDE USURPAR EL TERRITORIO DE LA MANGA DEL CURA- territorio manabita - Y DARLO IRRISORIAMENTE COMO COMPENSACIÓN A LA PARROQUIA “GUAYAS”, ya que parte de su territorio pasó a constituirse en la parroquia Velasco Ibarra. Obviamente esta jugada política careció de valor, porque los limites inter cantonales e interprovinciales se fijan por Ley, decreto Legislativo o Decreto Supremo si fuera el caso. POR FAVOR REVISAR LA CONSTITUCIÓN DE ESA EPOCA Y LA ACTUAL.Aquí cabe señalar además, que el registro de propiedades en cantones colindantes no modifica la División Política Administrativa del País. Esos actos se dan por desconocimiento o son consecuencia de las condicionantes

económicas y geográficas así como de interés político de quienes ostentan el poder en ciertos momentos de la historia. En el país tenemos muchos ejemplos al respecto.

Hasta aquí señor Prefecto, no tiene ningún documento legal que diga que el sector de la Manga del Cura perteneció primero a Daule y después a Balzar . Lo que significa que su aseveración en el programa 25 de VISION 360 ES FALSA. Le sugiero revisar los mapas de Villavicencio y Wollf.

6) El 10 de enero de 1967 se hace justicia con la provincia de Manabí al fijarse los límites entre la provincias de MANABI Y PICHINCHA, señalando como parte del límite descrito– … EL CURSO DEL RIO PERIPA… -reconocido de hecho y de derecho como lindero de la provincia de Manabí., acto que también frenaba las arremetidas expansionista en nuestro territorio por parte de la Provincia del Guayas.Guayas reclama ante esta acción, ya que con este fijación legalmente señalada, sus pretensiones de expandirse se ven truncadas. Y como señala el señor Jairala doce horas después es decir el 11 de enero de 1967 LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE RATIFICA LOS LIMITES ANTES REFERIDOS- NO DICE “RECTIFICA.” Lo que dicees lo siguiente “Declarar que los límites de la provincia del Guayas con motivo de la Resolución de la Asamblea que fija los límites entre las provincias de Pichincha y Manabí, han sido intocados y por tanto se mantienen inalterables”. Obvio la provincia del Guayas no tenía nada que reclamar, su territorio no había sido tocado.

7) Pero , como para que no quede ninguna duda, el 8 Junio de mismo año de 1967 mediante DECRETO LEGISLATIVO, “se crean los cantones de Santo Domingo de los Colorados y El Carmen en las provincias de Pichincha de Manabí respectivamente “…Y se ratifica una vez más lo señalado en la resolución del 10 de enero de 1967, publicada en el Registro Oficial No.51 de 16 de los mismos mes y año, “ dejando a salvo la reclamación de la provincia de Guayas.” Ya que Guayas seguía reclamando sin justificación valedera.

Hasta la fecha señor Prefecto Jairala, la Provincia de Guayas no encuentra argumentos legales que digan o señalen que el territorio de “ LA MANGA DEL CURA” forma o formó parte de la provincia que usted representa.Pero lo que si olvidó mencionar en el programa televisivo fueron los antecedentes de la creación del cantón El Empalme, que a continuación le recreo.

1) Al respecto cabe recordar que en octubre 1969, los representantes de la Provincia del Guayas pretendieron nuevamente usurpar el territorio de la Manga del Cura y trataron de incluirlo en el supuesto cantón “Velasco Ibarra.

“ a más de las parroquias Guayas y Velasco Ibarra. Afortunadamente la norma jurídica empleada carecía de valor para el propósito planteado ya estaba plagada de errores de fondo y de forma, por lo que quedo implícitamente invalidado

2) Tal fue el error jurídico cometido , o tan invalidada fue la pretendida creación de 1969, que en 1971 mediante DECRETO SUPREMO, se crea -ahí si con una norma jurídica válida - el cantón EL EMPALME en la Provincia del Guayas conformado por las parroquias Guayas y Velasco Ibarra, señalando límites y SIN INCLUIR EL SECTOR DE LA MANGA DEL CURA, y ratificando los límites legales de la PROVINCIA DE MANABI que fueran señalados y ratificados en 1967 y que han sido referidos en los numerales 6 y 7 del presente documento.

EL DECRETO SUPREMO FUE SUSCRITO POR: JOSE MARIA VELASCO IBARRA COMO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y POR JAIME NEBOT VELASCO COMO MINISTRO DE GOBIERNO, Y EJERCIENDO EL PODER EN PLENA ETAPA DICTATORIAL .¿Significa lo señalado que ellos cedieron o endosaron nuevamente el territorio de la Manga del Cura ? ó significa que no había argumentos válidos a pesar de todo el poder político que tenían , y reconocieron en un acto patriótico y de justicia lo innegable, que la MANGA DEL CURA FUE, ES , Y SERA MANABITA .

Lo invito Sr Jimmy Jairala que Usted haga lo mismo que sus coterráneos. La historia lo juzgará, porque para usted, la Manga del Cura es solamente agua y la existencia de tierras abandonadas…SIN DUEÑOS….. Usted lo dijo.

Sepa Usted señor Jairala , que LA MANGA DEL CURA si tiene dueños, están ahí y son manabitas. Porque para la gran mayoría de nosotros los manabitas La Manga del Cura es :la gente que la habita , es territorio ,es identidad , es heredad, es el desarrollo , es ecosistema, es el agua para la supervivencia y la garantía alimentaria…..! ES MANABITA ¡ ; y es responsabilidad de las autoridades locales y nacionales continuar reivindicando con planeación y justicia al sector. Y nosotros los manabitas estaremos vigilantes del proceso.

Arq. Janeth Gorozabel Molina.Urbanista /Especialista Estudios Territoriales